La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria publicó este domingo el anexo del reglamento del Decreto Supremo N° 430-2020-EF, emitido el pasado 31 de diciembre por el presidente Francisco Sagasti y el ministro de Economía Waldo Mendoza, en torno a la información que las empresas del sistema financiero deben suministrar a la Sunat para «el combate de la evasión y elusión».

De esta forma, la Sunat tendrá acceso a todos los depósitos de los clientes de las entidades financieras, cuyos saldos sean iguales o mayores a S/10,000. La información será de toda persona natural o jurídica y deberá ser remitida por las entidades financieras mensualmente para la fiscalización ante una eventual evasión o elusión tributaria.

El abogado Enrique Ghersi sostuvo que este dispositivo «viola el secreto bancario» y «Pone en peligro, además, la seguridad de las personas porque esas bases de datos eventualmente pueden ser hackeadas por el crimen organizado», subrayó.

One thought on “SUNAT TENDRÁ ACCESO A INFORMACIÓN DE DEPÓSITOS DE CLIENTES DE ENTIDADES FINANCIERAS CON 10,000 SOLES O MÁS DE SALDO”
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