A través del Decreto Supremo N° 061-2021-EF, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se aprobó dicha transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del MEF.
La norma indica que los recursos transferidos para el financiamiento de inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación, se registran en el rubro Prevención, control, diagnóstico y tratamiento de coronavirus.
El titular del pliego habilitado en la transferencia de partidas, aprueba la desagregación de los recursos autorizados dentro de los cinco días calendario de la vigencia de la norma en mención.





