Desde hoy lunes empiezan a regir las restricciones electorales en todo el territorio nacional, recordó el Jurado Nacional de Elecciones.
Desde las 00:00 horas del 5 de abril está prohibida la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, conforme al artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones.
El incumplimiento de esta disposición será sancionado con una multa de entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir entre 44 mil y 440 mil soles.
Así mismo desde las 00:00 horas del viernes 9 también estará prohibida la realización de reuniones o manifestaciones de carácter político. Su vulneración, conforme al artículo 388 de la LOE, se sanciona con cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años.
De otro lado, desde las 08:00 horas del sábado 10 está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas, lo cual se extiende hasta las 08:00 horas del lunes 12. El incumplimiento de esta disposición se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa no menor de 2 790 soles y pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena, que puede consistir en incapacitar al condenado para ejercer la función o labor que ejercía.
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